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Actualidad

La fiscalidad local orientada por criterios medioambientales

Por Afi.

Las entidades locales, dentro del marco normativo actual, tienen margen para el desarrollo de una fiscalidad orientada a criterios medioambientales.

Jueves, 24 de junio de 2021

Dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se establece, como política palanca décima, la “Modernización del sistema fiscal para un crecimiento inclusivo y sostenible”. En su descripción se afirma que una de las características del sistema fiscal español es el insuficiente desarrollo de la imposición medioambiental. Sin embargo, esta fiscalidad se ha mostrado como una herramienta eficaz y eficiente dentro de la política ambiental, uno de los pilares de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, por lo que ya viene siendo utilizada con más intensidad en otros países de la Unión Europea.

Sobre esta base, ¿qué margen tiene la fiscalidad local en España para orientarse a criterios medioambientales? Si bien es cierto que la autonomía fiscal, entendida como la capacidad de adoptar decisiones sobre los diferentes elementos que determinan la cuota líquida, está limitada a las posibilidades recogidas en la normativa vigente, también lo es que esta últimas cuentan con cierto grado de maniobra para que esta sea orientada a criterios medioambientales.

La alineación de la fiscalidad con dichos criterios busca incentivar los comportamientos más sostenibles y ecológicos. Esto, en el marco competencial local, se puede lograr con actuaciones de los ayuntamientos como las siguientes:
 
  • Estableciendo bonificaciones. En este ámbito, cabe destacar que el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL) otorga a los ayuntamientos la potestad de bonificar a sus contribuyentes en algunos impuestos:
    • La bonificación en el IBI por la instalación de placas solares.
    • Los incentivos en el IAE para los negocios que utilicen o produzcan energía a partir de instalaciones para el aprovechamiento de energías renovables o sistemas de cogeneración; que estén ubicados en zonas alejadas de las más pobladas del municipio, y que tengan establecidos planes de transporte para los empleados.
    • Las reducciones en el IVTM para vehículos que utilizan carburantes cuya combustión afecta en menor medida al medioambiente, o que tienen motores que tienen ese mismo efecto (p.ej. coches eléctricos).
    • Las rebajas en el ICIO a favor de obras que incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.
  • Aplicando en el IVTM el máximo coeficiente a los vehículos privados y a los más contaminantes.
  • Fijando las tarifas de la tasa de recogida y gestión de residuos sólidos urbanos en función del principio de “quien contamina paga”. De este modo, como evaluación del grado de generación de basuras, se establecen diferentes grupos de contribuyentes (viviendas residenciales, oficinas, comercios, hostelería, industrias, etc.) y en cada uno de ellos es común encontrarse subdivisiones, generalmente atendiendo al número de metros cuadrados ocupados.
  • En la tasa de suministro de agua potable, asociando diferentes tarifas al nivel de consumo que se realice, con una relación directa y creciente entre ambos.
  • Estableciendo la tasa por el estacionamiento regulado de vehículos, desincentivando el uso del vehículo privado.
  • Definiendo las tasas urbanísticas de modo que favorezcan la rehabilitación y las construcciones sostenibles.
  • Estableciendo las tasas por reserva de vía pública para aparcamiento exclusivo, por retirada de vehículos, por reservas de carga y descarga o por vados en su máxima cuantía, atendiendo a los estudios económicos.

Las prácticas más habituales entre las desarrolladas por los ayuntamientos han sido la aplicación de bonificaciones en el IBI e ICIO, por la instalación de paneles solares, así como en el IVTM, por vehículos híbridos o eléctricos.

Sin embargo, por su novedad o singularidad, destaca que el Ayuntamiento de Madrid anunció que las ordenanzas fiscales de 2019 iban a introducir la reducción del Impuesto de Actividades Económicas para las empresas que paguen íntegramente el abono de transporte a sus empleados. Por su parte, el Ayuntamiento de Vitoria se planteó estudiar el modo de establecer bonificaciones en la tasa de recogida de residuos a los domicilios que se impliquen en la recogida selectiva de los mismos. Finalmente, el Ayuntamiento de Torrelles de Llobregat estableció una experiencia pionera en la tasa de residuos asociando directamente la tarifa a la generación, estandarizando la forma de entrega de algunas de las fracciones de los residuos.

Con todo ello, es evidente que es preciso que en España se desarrolle una verdadera fiscalidad medioambiental. Esta debe estructurarse en torno a un conjunto de figuras coherente con los objetivos perseguidos y que involucre a los diferentes niveles de la administración pública. Suponemos que esta será una de las líneas en las que trabajan los expertos que tienen el encargo de elaborar, para principios del año que viene, el libro blanco de la fiscalidad española.

Además, en paralelo, se está planteando la necesidad de establecer un nuevo marco de financiación local. Este debería contemplar que las entidades locales tengan una mayor capacidad de actuación en el ámbito de la fiscalidad ambiental. Una propuesta de mínimos podría incluir medidas como las siguientes:
 
  • Establecer bonificaciones en el IBI para bienes inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento de energías renovables, no solamente la solar.
  • Regular el concepto de vivienda vacía con el fin de que se pueda aplicar el recargo en el IBI para las mismas. De esta forma, se incentiva la ocupación del parque de viviendas edificadas, y disminuye la tensión relacionada con nuevos desarrollos urbanísticos.
  • Modular los tipos aplicables en el IBI en función de la certificación de eficiencia energética de los edificios.
  • Incorporar, como criterio para el establecimiento de las cuotas en el IAE, la tipología del negocio por su impacto en el medioambiente.
  • Obligar el establecimiento de la tasa de recogida y gestión de residuos y bonificar a las viviendas que contribuyan a su separación selectiva.
  • Suspender la bonificación potestativa a los vehículos antiguos en el IVTM. Asimismo, en este impuesto, las bonificaciones que atienden a las características que determinan la contaminación potencial del vehículo deben revisarse considerando la evolución del mercado del motor, tal y como se deben contemplar los nuevos tipos de usos de los coches (carsharing, por ejemplo).
  • Dar un tratamiento fiscal más favorable a aquellas actuaciones urbanísticas que tengan lugar en el tramo urbano consolidado.

La lectura de todo lo expuesto anteriormente parece derivarnos a la idea de un aumento de obligaciones económicas de los contribuyentes con el Ayuntamiento, situación que no todos los ciudadanos y familias pueden asumir. Para que el coste de la transición ecológica se distribuya de manera justa, será necesario que se establezcan medidas adicionales compensatorias (bien por el lado del ingreso, bien por el lado del gasto) para neutralizar la regresividad que pudiera generar la fiscalidad ambiental.  En el ámbito local, esta tarea sería incluso más sencilla que desde ámbitos regionales o nacionales, ya que los consistorios son los que más y mejor conocen a los ciudadanos y sus circunstancias socioeconómicas.

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