El Gobierno prorroga la disposición que permite destinar el superávit a inversiones financieramente sostenibles
Lunes, 1 de abril de 2019
Este hecho tiene su origen en la prórroga para 2018 de la regla especial del destino del superávit para Inversiones Financieramente Sostenibles recogida en la disposición adicional sexta de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Esta prórroga se viene realizando a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Respecto a esto último, dado que se rechazó el proyecto de Presupuestos del Estado para 2019, se dejó en suspenso la aplicación del superávit de 2018 a inversiones financieramente sostenibles. Esta situación se ha resuelto con el Real Decreto-ley 10/2019, de 29 de marzo, por el que se prorroga para 2019 el destino del superávit de comunidades autónomas y de las entidades locales para inversiones financieramente sostenibles y se adoptan otras medidas en relación con las funciones del personal de las entidades locales con habilitación de carácter nacional.
De este modo, al igual que en ejercicios anteriores, en 2019 el superávit generado en 2018 podrá destinarse a inversiones financieramente sostenibles, ampliándose a 2020 la capacidad de comprometer y reconocer el gasto autorizado en este ejercicio que no pueda ejecutarse.
La tipología de inversiones financieramente sostenibles se mantiene, sin recogerse, en el Real Decreto-ley la ampliación de las mismas con el grupo de programas “241. Fomento de empleo” que plateaba el proyecto de Presupuestos Generales de 2019.
Basándonos en la evolución de los ingresos de las CC.LL. y asumiendo el cumplimiento generalizado de la regla de gasto, estimamos para 2019 un superávit en el subsector en el entorno del 0,4% del PIB, una décima por debajo del registrado en 2018 bajo la asunción de una mayor ejecución de Inversiones Financieramente Sostenibles a cargo de los superávits de ejercicios anteriores.
Puede acceder a la disposición completa a través del siguiente enlace.
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